Secretaría de
Asuntos Docentes comunica que por RESFC-2019-88-GDEBA-DGCYE-
Calendario de Actividades Docentes 2019-, desde el día 1 al 15 de noviembre del corriente año, se llevará a cabo la Calificación Anual Docente 2019, enmarcada en los
Artículos 65,127 y 129 de la Ley
10579 y sus reglamentaciones, Decretos Reglamentarios 2485/92 y 441/93 y Resolución
7612/98.
Los Equipos Directivos de cada Establecimiento deberán
realizar la carga de la
Calificación Anual Docente 2019 en el Programa de
Designaciones y Desempeños (PDD) utilizando para este proceso estatutario el
botón CAD. Al finalizar dicha carga, se podrá imprimir la "Planilla
Resumen de Calificaciones 2019”.
Período
de Calificación: 16/11/18 al
15/11/19
Calificación y notificación (SET 4): desde el 1° hasta el 15 de noviembre.
Período
de carga de calificaciones en PDD: desde el 1° de noviembre hasta el 6 de diciembre
Período
de generación de planilla resumen de Calificación Anual Docente 2019: desde el 15 al 30 de noviembre
Observaciones: La Planilla
Resumen de Calificación Anual Docente podrá ser regenerada y
se podrá notificar hasta el 30 de noviembre.
CRONOGRAMA DE ENTREGA EN SAD:
·
Al 18/11/2019: SET 4 de Titulares Interinos (uno), con Planilla
Resumen por Servicio Educativo con datos correspondientes a TI 2019. Se adjunta
formulario a cumplimentar.
Asimismo se solicita la entrega de
un SET 4 correspondiente a los cargos jerárquicos del establecimiento para la
carga en PDD.
·
Al 06
/12/2019: Planillas
resumen, generada desde el PDD con firmas en original
A partir del 09/12/2019: Comienza el período de Recepción de reclamos
de Calificación Anual Docente 2019 en el marco del Estatuto del Docente y su
Reglamentación y la Resolución
N ° 4185/11.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA:
Docentes con condiciones de
calificar:
Los docentes Titulares, Titulares Interinos,
Provisionales y Suplentes con desempeño efectivo durante el ciclo lectivo 2019.
·
Titulares, provisionales y suplentes:
desempeño efectivo no menor de treinta (30) días corridos.
·
Titulares Interinos: desempeño efectivo
no menor de tres (3) meses corridos de prestación de servicios.
Res.7612 del 30/12/1998
Artículo
1°.- Definir al desempeño efectivo, con relación a los artículos 65 y 127 de la Ley 10.579 y su
reglamentación, como aquel en el que un docente se encuentra a cargo de su
función sin que sea reemplazado por un suplente.
Artículo
2°.- Determinar que cuando el docente que debe ser calificado, haya hecho uso
de una licencia por plazo menor a cinco días sin que sea necesario su reemplazo
por otro, podrá considerarse como "corrido".-
Artículo
3°.- Establecer que la suma de desempeño en un año que resulte mayor al 50% de
los días hábiles, son evaluables a efectos de la calificación. –
Causales para no ser
calificado o de inhibición para calificar:
Ley 10579, y su reglamentación
Artículos 130 y 131.
· ART
130 a :
investigación presumarial o sumario sin resolución
· ART
130 b : no cumplir con el lapso de desempeño mínimo requerido
·
ART 131 a ) , b),
c), d) y e)
Consideraciones específicas:
Situaciones
de calificación de docentes con desempeño transitorio en otro cargo y/o
Institución distinta del cargo base titular:
·
Funciones
transitorias en Cargos Jerárquicos,
·
Servicios
Provisorios,
·
Cambio de
Funciones,
·
Recalificación
por ART
·
Reubicación
Transitoria.
IMPORTANTE:
Estas situaciones deberán ser informadas PREVIAMENTE en PDD 2019 (CAMBIO DE FUNCIÓN) en el campo Observaciones
correspondiente al cargo base y en el que corresponde al desempeño transitorio,
se consignará la respectiva aclaración.
·
En el Desempeño Transitorio:
La institución Educativa u
Organismo donde se desempeñen las funciones jerárquicas transitorias con
situación de revista suplente o provisional, Servicios Provisorios, Cambio de
Funciones, Recalificación por ART o Reubicación Transitoria, se consignará al
docente y la calificación obtenida.
En el campo observaciones:
Se indicará el cargo base relevado y N° de Disposición en el caso de las
Funciones Jerárquicas Transitorias.
·
En el Cargo de base:
En la Institución Educativa
u Organismo donde se halle el cargo base relevado, el agente calificador
incluirá al docente en la planilla consignando el cargo de base, con la calificación
obtenida en las funciones jerárquicas transitorias, Servicio Provisorio, Cambio
de Funciones, Recalificación por ART o Reubicación transitoria.
En el campo Observaciones:
Se indicará que la calificación fue obtenida en el desempeño transitorio por el
que se encuentra relevado por las causales estatutarias referidas, ya sea en la
misma u otra Institución del mismo o distinto distrito.
Asimismo, se informa que los Instructivos
para consulta se encuentran publicados en el
Portal Servado (PDD) de la página abc y en el blog de SAD.