Secretaría
de Asuntos Docentes comunica que, en el marco de la
Resolución N º Calendario de Actividades Docentes 2018, y Disposición Nº 7/2018, se llama a Inscripción
de Instructores de Formación Profesional (Incluidos Pañoleros y Preceptores)
para provisionalidades y suplencias 2019.
La misma se
llevará a cabo en sede de la
Secretaría de Asuntos Docentes desde el 1 al 31 de octubre del corriente
año.
Requisitos obligatorios comunes para
instructores, pañoleros y preceptores:
Contar con
el certificado que acredite su formación como Instructor de la Formación Inicial
o específica para la
Formación Profesional.
Poseer
Titulo de nivel secundario.
Presentar
copia del DNI.
Requisitos específicos para los
aspirantes a cargos de instructores:
Acreditar
la especialidad mediante antecedentes profesionales específicos de la actividad
en que se inscribe: mínimo de 3 años, comprendidos en los últimos 5 años, en
conjunción con al menos una de las condiciones de los ítems:
Titulo
técnico o superior, afín a la especialidad en la que se inscribe.
Certificación
oficial de 600 horas cátedra o más en la especialidad en que se inscribe.
Constancia
de aprobación de su idoneidad en la profesión en que se inscribe, mediante un proceso de evaluación minucioso
que incluya el manejo de los contenidos de la especialidad, las habilidades de
resolución de problemáticas del desempeño profesional y la pericia en el
desempeño profesional en ambientes de trabajo.
Constancia
de dictar la especialidad en la que se inscribe durante 3 de los últimos 5 años
en la formación profesional de gestión oficial de la DGC y E.
Poseer la
especialidad declarada específicamente en el certificado de Instructor de
Formación Profesional que presenta. La denominación debe coincidir textualmente
con la denominación vigente de la misma.
Ajustarse a
los requerimientos específicos
mínimos del perfil
docente que se desprenden
del diseño curricular.
Cumplir con
los requisitos específicos del ejercicio de la profesión en la que se inscribe;
que se den cumplimiento con todas las condiciones para un ejercicio habilitado
y seguro de la profesión.
Cumplir con los
requisitos estatutarios y
demás normativa vigente
para la cobertura
de provisionalidades y suplencias en términos generales y
específicamente en lo referido a edad, falta de toma de posesión del cargo,
abandono de cargo, renuncia, declinación de la designación, nacionalidad y
situación del docente jubilado en la modalidad.
DOCUMENTACIÓN:
Los
aspirantes deberán presentar carpeta con:
*Planilla
de inscripción por duplicado ( ANEXO II). La misma se encuentra a disposición
de los interesados en sede de la
SAD o se puede descargar desde el blog, solapa Formularios.
*Documentación
debidamente registrada y autenticada que acredite la información declarada.
*Deberán
completar una planilla por cada especialidad y/o cargo en la que se inscriban,
respetando el nomenclador de especialidades vigentes.
*Se
conformará un listado complementario por especialidad de aquellos aspirantes a
ingresar a la modalidad de Formación Profesional, que no posean el curso de
F.I., debiendo rendir prueba de idoneidad en la especialidad, ante una eventual
convocatoria.